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Loja, el único municipio de la provincia de Granada que actualiza a la baja (-3%) el valor catastral.

31 diciembre, 2019

El pasado viernes el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social. Un documento que recoge la aprobación de los coeficientes de actualización de los valores catastrales de inmuebles urbanos para 2020 y al que se han acogido en bloque más de 1.000 ayuntamientos en España, entre ellos 14 de la provincia de Granada, incluyendo la capital.

Esto supone que se revisen los valores catastrales, en su mayoría al alza. De hecho, de los 14 municipios granadinos que a partir del 1 de enero de 2020 actualizarán el catastro de los pisos, sólo uno lo hace a la baja: Loja, donde bajará un 3%. En los doce restantes, incluida la capital, la subida será del 3%.

Los municipios que han pedido esta actualización catastral para 2020 son: Alhendín, Almuñécar, Cáñar, Carataunas, Dílar, Granada, Láchar, Las Gabias, Loja, Órgiva, Santa Fe, Vegas del Genil, Otura y Víznar.

La norma recoge que según el año de la última modificación del catastro, se fija un coeficiente de actualización. Así, será del 1,03, es decir, una subida del 3%, en todos los municipios granadinos afectados menos en Loja, donde es del 0,97 y supone una bajada del 3%. En la provincia no hay ninguno que incluya la subida del 5%, también prevista en la norma.

Y es que los trece municipios de la provincia de Granada donde subirá el valor catastral de los pisos en 2020 no habían realizado una actualización desde hace más de dos décadas en algunos casos. Loja, que lo baja, lo hizo en 2013, la más reciente. Así, el año de entrada en vigor de la ponencia de valores en Carataunas y Órgiva es de 1994, Víznar desde 1995, Láchar y Dílar desde 1996, Almuñécar y Granada desde 1997, Vegas del Genil y Otura desde 1999, Las Gabias y Santa Fe desde el 2000 y Alhendín desde 2002.

Los coeficientes de actualización se aplicarán de la siguiente forma, según se recoge en el BOE: a) Cuando se trate de bienes inmuebles valorados conforme a los datos obrantes en el Catastro Inmobiliario, se aplicará sobre el valor asignado a dichos bienes para 2019. b) Cuando se trate de valores catastrales notificados en el ejercicio 2019, obtenidos de la aplicación de Ponencias de valores parciales aprobadas en el mencionado ejercicio, se aplicará sobre dichos valores. c) Cuando se trate de bienes inmuebles que hubieran sufrido alteraciones de sus características conforme a los datos obrantes en el Catastro Inmobiliario, sin que dichas variaciones hubieran tenido efectividad, el coeficiente se aplicará sobre el valor asignado a tales inmuebles, en virtud de las nuevas circunstancias, por la Dirección General del Catastro, con aplicación de los módulos que hubieran servido de base para la fijación de los valores catastrales del resto de los bienes inmuebles del municipio.

Según el decreto, «como quiera que la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2020 no va a tener lugar en el calendario ordinario, y dado que se trata de una medida que tiene una repercusión inmediata en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, que se devenga el 1 de enero de cada año natural, resulta obligada la utilización de un real decreto-ley para que entre en vigor antes de la finalización del presente ejercicio».

Para Hacienda, «con la aprobación de esta medida se contribuye a reforzar la financiación municipal, la consolidación fiscal y la estabilidad presupuestaria de las entidades locales, y será de aplicación en los municipios que cumplan los requisitos recogidos en el marco normativo habilitado a tal efecto, esencialmente la solicitud formulada por cada uno de los Ayuntamientos concernidos, que podrían no ver cumplidas las previsiones presupuestarias que hubieran realizado contando con dicha actualización si la medida no llega a aprobarse». Entre ellos, el de Granada capital, con una situación económica difícil en cuanto a deuda financiera y comercial.