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Este es el salvoconducto que debes llevar para ir a trabajar si formas parte de un servicio esencial

31 marzo, 2020
El BOE publica el modelo de declaración responsable que deberán presentar a las fuerzas de seguridad del Estado en el caso de ser reclamado.

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Finalizada la moratoria que tuvo que aplicar el Gobierno para la implantación del endurecimiento de las medidas de confinamiento, a partir de este martes todos los trabajadores de servicios esenciales deberán acudir a sus puestos de trabajo con el modelo expedido por el Ejecutivo.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este lunes el formulario de declaración responsable que deberán presentar a las fuerzas de seguridad del Estado en el caso de ser reclamado, el salvoconducto que les librará de una más que posible sanción.

El modelo de declaración responsable a emitir para los trabajadores por cuenta ajena que no deban acogerse al permiso retribuido recuperable recogido en el Real Decreto-ley 10/2020 debe recoger los datos del empleador y de la empresa de servicios esenciales, así como del empleado que portará el certificado.

Las nuevas restricciones laborales, que solo permiten ir a su puesto a los trabajadores considerados esenciales, buscan reducir más la movilidad ante el avance de la pandemia.

El Gobierno estableció para esos trabajadores que ya no puedan ir a su trabajo un permiso retribuido recuperable que estará en vigor entre el lunes 30 de marzo y el jueves 9 de abril, pagado por la empresa y cuyas horas, 8 días laborales, deberán recuperar los trabajadores.

El Gobierno ha aclarado que en el Real Decreto-ley por el que se amplían las restricciones laborales, se establece el permiso retribuido recuperable “no resulta de aplicación a las personas trabajadoras por cuenta propia”.

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